En pleno debate sobre la idoneidad de practicar pruebas de coronavirus a los pasajeros que vengan a España, y mientras desde Madrid siguen alertando de que aeropuertos como el de Barajas podrían convertirse en un "coladero", el Gobierno ha renunciado a realizar pruebas de covid-19. Los controles en los puntos de entrada a España -en aeropuertos y puertos- se limitarán un mero trámite burocrático, con tomas de temperatura a los viajeros que accedan a España, tal y como publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) este miércoles.
"Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima deberán someterse a un control sanitario antes de su entrada en el país. Dichos controles podrán incluir la toma de temperatura, un control documental y un control visual sobre el estado del pasajero", recoge la resolución de 29 de junio de 2020, firmada por la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación.
La toma de temperatura "se realizará de modo rutinario" para detectar viajeros con fiebre, es decir, aquellos que presenten 37,5 grados centígrados o más. Para ello se emplearán termómetros sin contacto o mediante cámaras termográficas, "debiendo garantizarse la privacidad del pasajero en todo momento".
"Las compañías navieras, bajo la supervisión de Sanidad Exterior, podrán tomar la temperatura a los pasajeros en viaje internacional antes de su llegada a puerto español, siguiendo lo establecido en este apartado", expone el BOE.
Control documental: QR en lugar de PCR
La resolución del Gobierno contempla también un formulario con el objetivo de realizar un "control documental" a "todos los pasajeros con origen en cualquier aeropuerto o puerto situado fuera del territorio español". En el mismo, el viajero debe cumplimentar una serie de datos personales y sanitarios, aportando información relativa a los motivos de su viaje, su estado de salud o su relación personas contagiadas con coronavirus.
La cumplimentación de este formulario "se hará por vía electrónica, de tal manera que todas las personas que vayan a viajar a España deberán cumplimentarlo antes de iniciar su viaje a través de la dirección de internet: www.spth.gob.es, o en mediante la aplicación gratuita SPAIN TRAVEL HEALTH-SpTH", reseña el BOE. Como resultado, el viajero obtendrá un código QR que deberá presentar por en su llegada a España.
Las empresas serán partícipes de la presentación de dicha documentación: "Las agencias de viaje, los operadores turísticos y las compañías de trasporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes aisladamente o como parte de un viaje combinado, deberán informar a los pasajeros, en el inicio del proceso de venta de los billetes con destino a España, de la obligatoriedad de presentar el formulario de salud pública en el aeropuerto o puerto de destino. Así mismo, se avisará en el proceso de registro o check in de la obligatoriedad de presentar el formulario de salud pública a la llegada a España".
"Las compañías de transporte aéreo o marítimo una vez en espacio aéreo o marítimo español informarán a los pasajeros antes de llegar a su destino de la obligatoriedad de presentar el formulario de salud pública a la llegada, debiendo facilitar el formulario a los pasajeros que no hubieran podido cumplimentarlo por vía electrónica", asevera la resolución del Gobierno, que permitirá hasta el 31 de julio de este verano la posibilidad de que los viajeros presenten la documentación en formato papel.
Casos sospechosos
"Aquellos pasajeros con una temperatura superior a 37,5 ºC, o aquellos que en base a la información contenida en el formulario de salud pública, o tras el control visual se sospeche que pudieran padecer COVID-19 u otra patología transmisible, serán sometidos a una nueva evaluación sanitaria, con el fin de determinar si existe sospecha de riesgo para la salud pública", expone la resolución, aunque tampoco en este caso los viajeros tendrán que ser sometidos a pruebas de coronavirus.
"Dicho control secundario incluirá una nueva toma de la temperatura y una evaluación de su estado clínico y epidemiológico", establece el Gobierno: "En el caso de que tras la nueva evaluación sanitaria, se confirme la sospecha de que el pasajero pudiera padecer una patología que pudiera suponer un riesgo para la salud pública, se activarán los protocolos de alerta sanitaria establecidos para, en coordinación con las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas, proceder a su derivación a un centro sanitario".