España

Castro ajusta sus últimas cuentas: "El conocimiento de irregularidades por parte de la Casa del Rey queda para el criterio de la Audiencia"

El juez del caso Nóos dicta un auto final en el que ajusta las cuentas pendientes. Asegura que el conocimiento de las irregularidades en Nóos por parte de la Casa del Rey queda para el "eventual juicio". A la Agencia Tributaria, le dice que sus opiniones no "son vinculantes para los Tribunales de Justicia y menos aquellos que pudieran predeterminar penalmente a unos responsables con exclusión de otros", concluye.

  • La infanta Cristina en una imagen de archivo

El juez instructor del caso Nóos, José Castro, ha ajustado sus últimas cuentas en un auto publicado esta mañana en el que mantiene que hay indicios suficientes para imputar a la infanta Cristina a Iñaki Urdangarin así como a los cuatro acusados que han recurrido su imputación. En un escrito afirma que "ha tratado de plasmar el convencimiento de este instructor de que existen suficientes indicios para posibilitar que pueda dirigirse la acción penal con independencia del éxito que ésta alcance en la fase intermedia, o, en su caso plenaria". La frase es una alusión clara a la Audiencia Provincial de Palma cuyos tres magistrados en pleno resolverán si juzgan a la hermana del rey y a su marido.

El juez asegura que "no osa a inducir una hipotética sentencia condenatoria"

A partir de ahí, el magistrado aborda todas las cuestiones que quedaban en el aire en el Caso Nóos. En primer lugar, el juez plantea el conocimiento que el rey y su casa tuvieron de las irregularidades en el Instituto Nóos. "Por ahora este instructor no va a pronunciarse sobre el grado de certeza que pudiera contener tal alegación", afirma. "Debe quedar reservada al superior criterio de la Ilustrísima Audiencia Provincial a resolver en un eventual juicio oral", concluye Castro que afirma que, en cualquier caso, "no osa a inducir una hipotética sentencia condenatoria".

En su auto, el juez Castro da por zanjada definitivamente "la labor instructora" asegurando que "se han practicado cuantas diligencias de investigación se han considerado necesarias". 

Trato "desigual" para la infanta y Ana María Tejeiro

El juez afirma en su escrito que entiende que la esposa de Diego Torres pueda sentirse peor tratada que la esposa de Iñaki Urdangarin. Sin embargo, niega que haya habido trato desigual en su instrucción en torno a ambas. En su resolución, el magistrado afirma que no puede "por menos que coincidir" con el criterio de los abogados de Ana María Tejeiro cuando recuerdan que la infanta no esté imputada de los delitos que le fueron archivados por la Audiencia Provincial de Baleares "puede ciertamente resultar hiriente" para quien sí se enfrenta a ellos, en referencia a Tejeiro. En este sentido, entiende que a la mujer de Torres "le puede resultar imposible o, cuando menos, difícil sustraerse al convencimiento de que, comparativamente con aquélla [la infanta], ha recibido un trato desigual".

Sin embargo, añade a continuación que "cualquier tratamiento supuestamente discriminatorio (...) se ha de reputar inexistente".

Ajuste de cuentas con Hacienda

El magistrado ajusta también cuentas con la Agencia Tributaria a la que lanza un mensaje por haber exculpado a esposa de Urdangarin, la infanta Cristina, y a la mujer de su socio, Ana María Tejeiro. "Dejando claro el indudable respeto que los informes de este Organismo (Hacienda) merecen, no es lo mismo valorar su criterio sobre la comisión de un delito del que la Hacienda Pública pueda sentirse perjudicada que pretender dar incuestionable validez a su criterio sobre quiénes serían o no sus autores".

Por eso, el juez concluye lanzando una advertencia al fisco: "ninguno de sus informes relativos a todos estos extremos son vinculantes para los Tribunales de Justicia y menos aquellos que pudieran predeterminar penalmente a unos responsables con exclusión de otros", concluye el juez.

El liderazgo de Torres o Urdangarin, irrelevante

En cuanto al grado de responsabilidad de Torres o Urdangarin, el magistrado afirma que "no se descarta que en función de la materia de que se tratara pudieran repartirse la preeminencia en los distintos roles pero --concluye el juez-- si ello era consensuadamente así, ninguna disculpa puede mercer ninguno a costa del otro".  

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