El Senado ha dado luz verde este miércoles la Ley del Juego. De este modo, ha quedado aprobada la reforma de esta norma con 146 votos a favor y 113 abstenciones. A través del Servicio de Investigación Global del Mercado de Apuestas (Sigma) se va a reforzar el control sobre el fraude de apuestas y la manipulación de competiciones deportivas.
Con esta reforma, también se va a ampliar la protección a jugadores en riesgo, es decir, que tengan problemas con el juego y prever ante conductas adictivas.
Estos son algunos de los cambios de la reforma de la Ley del Juego:
Publicidad de operadores de juego
La publicidad de los operadores de juego deberá hacerse teniendo en cuenta el principio de “responsabilidad social”, es decir, tienen prohibido incitar a actitudes violentas o discriminatorias por razones de raza, edad, discapacidad, orientación sexual, etc.
No se incitará a comportamientos humillantes o denigratorio y los “relacionen de forma positiva o atractiva” las actividades del juego.
También quedan prohibidos los anuncios puedan dar lugar a daños sociales, emocionales o económicos y desacrediten a los que no juegan, sugiriendo que el juego mejora las habilidades de las personas y los que presenten al juego como algo importante y prioritario para la vida de las personas.
Registro de prohibidos
El Gobierno deberá poner en marcha un Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (registro de prohibidos). De esta manera, se tendrá que instar a las autonomías a crear interconexiones de información entre sus correspondientes registros.
Almacenamiento de datos en Sigma
Formaliza “con rango de ley un instrumento técnico” como es el Servicio de Investigación Global del Mercado de Apuestas (Sigma), gestionado por la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ). El Sigma se encargará de almacenar en un máximo de un año datos de personas que hayan podido incurrir en posibles fraudes vinculados en la competición.
Se modifica la Ley para la Defensa de los Consumidores
Con la reforma de la Ley del Juego se modifica también la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, modificada hace siete meses, para que todas las sanciones que se impongan “se puedan adecuar a la capacidad económica de la empresa infractora, siendo estas efectivas y disuasorias”.
Cambios en las infracciones
Respecto a las infracciones, podrán ser leves (desde 150 hasta 10.000 euros), graves (desde 10.001 a 100.000 euros) y muy graves (de 100.001 a 1.000.000 euros), donde se puede llegar al cierre del establecimiento en un plazo máximo de cinco años.