España

El asesor indultado de Carmena delinquió en el año 1980 con "fines terroristas"

Así lo recogió la sentencia de la Audiencia Nacional a la que ha tenido acceso 'Vozpópuli'. El abogado del hoy cargo de confianza en el Ayuntamiento de Madrid esgrimió que su cliente actuó con un “móvil altruista”, algo que desestimó el tribunal. El fiscal situó a Nieto Pereira en otras actuaciones delictivas, además de su participación en la sustracción de un vehículo y robo en una sucursal, por lo que fue condenado a cinco años de prisión.

  • Nieto, en la tertulia Fort Apache del canal iraní Hispan TV que presenta Pablo Iglesias.

La sentencia que la Audiencia Nacional dictó sobre los doce detenidos en la operación policial de 1980 que prácticamente desarticuló al grupo independentista Loita Armada Revolucionaria (LAR) aporta más detalles sobre la figura de José Luis Nieto Pereira, entonces vinculado a esta organización y hoy asesor del Gobierno de Manuela Carmena en el distrito de Latina. Con una dilatada trayectoria en varias ONG de derechos humanos y cooperación internacional, este cargo de confianza del Ayuntamiento de Madrid ha pedido una excedencia como coordinador de la asociación Paz con Dignidad. 

Tal y como informó Vozpópuli en exclusiva la pasada semana, Nieto Pereira fue condenado en 1982 a cinco años de presidio mayor (la Fiscalía había pedido seis años), además de tres meses de arresto mayor y seis meses de privación de permiso de conducir por los delitos de "utilización ilegítima de vehículo de motor y robo en entidad bancaria con utilización de armas y violencia e intimidación". Después de dos años y medio en la cárcel fue indultado de estas condenas por el Gobierno de Felipe González vía real decreto de 9 de febrero de 1983.

¿Cómo fue aquel procesamiento? ¿En qué se basó el tribunal para imponerle tales penas? Este diario ha tenido acceso a la sentencia 26/82, de 2 de abril, de la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional donde se relata la línea de defensa que siguió el abogado de Nieto Pereira y la respuesta que dio el tribunal. En la resolución todavía puede verse el sello del entonces escudo de España, el que se había empleado en el franquismo, aunque el país ya vivía en democracia desde algunos años antes de dicha sentencia.

El tribunal determinó que Nieto pertenecía a un "grupo disciplinado" que "ha escogido la violencia como medio de alcanzar el triunfo"

El letrado de Nieto Pereira y de otros inculpados por aquellos hechos, según el fallo, "alegó la atenuante 7ª del artículo 9 del Código Penal por apreciar en sus patrocinados haber obrado por móviles altruistas, olvidando que dicha acepción es sinónima del buen hacer, persiguiendo el bien ajeno de modo desinteresado sin beneficio propio y aun a costa de éste, con favorable repercusiones en el ámbito comunitario, o sea que su trascendencia debe ser apreciada por la mayoría social del entorno donde se realizaron los hechos, exigiendo el precepto que sean los móviles altruistas de notoria importancia" y "debiendo guardar proporcionalidad con la gravedad del delito".

El tribunal consideró que estas circunstancias "evidentemente no se dan en los agentes de un atraco realizado por allegar fondos que (…) estaban destinados a realizar los fines terroristas de la organización en la que estaban integrados". La sentencia precisa que Nieto Pereira fue uno de los dos miembros de LAR que entraron en la sucursal de la Caja de Ahorros Provincial de Orense, en el término municipal de Pereiro de Aguiar, a perpetrar el robo, después de haberse subido "sin anuencia del propietario" a un automóvil marca Chrysler, modelo 1.501. Junto a José Cid Cabido, hoy portavoz de Anova en Lugo, que era quien portaba "una pistola en perfecto estado de funcionamiento", ambos determinaron a los empleados de la citada caja que les entregasen 330.000 pesetas, "suma dineraria y arma guardadas por ellos después en una bolsa, la cual fue entregada al también procesado Francisco José Atanes Gómez".

En el juicio quedó probado que formaban parte de "una asociación o grupo disciplinado", que "ha escogido la violencia como medio de alcanzar el triunfo, de sus aspiraciones independentistas y sociales". Además de su participación en la sustracción del vehículo y el robo bancario, la Fiscalía situó también a Nieto Pereira en otras acciones delictivas, aunque el tribunal consideró que "no se había demostrado su intervención". Así, el fiscal citó en sus conclusiones a Nieto Pereira en los hechos del 17 de septiembre de 1979, cuando tres componentes del grupo se trasladaron en un Seat-133, al que previamente habían sustituido la placa de la matrícula, a las obras que la empresa Huarte estaba realizando en la autopista del Atlántico en Deixebre (A Coruña). En las oficinas de la empresa, colocaron un explosivo que al estallar causó daños valorados en 5.800.000 pesetas. El Ministerio Público pidió aquí para Nieto tres años de presidio menor y 100.000 pesetas de multa (o 50 días de arresto sustitutorio), por la falsificación de la matrícula, y otros cinco años de prisión menor como "autor" de un delito de estragos, por la activación del explosivo.

Indemnizaciones de más de 15 millones de pesetas

Asimismo, el fiscal incluyó a Nieto Pereira entre quienes el 28 de julio de 1978 rociaron de gasolina y prendieron fuego a tres camiones que prestaban servicio en las obras de la citada autopista. Los daños causados fueron más de 1.700.000 pesetas. El Ministerio Público solicitó por ello tres años de prisión menor. Igualmente, por colocar otro explosivo en el monumento de los Caídos del Monte del Castro, en Vigo, causando daños de 150.000 pesetas, el fiscal pidió otros tres años de prisión menor para el hoy asesor del Ayuntamiento de Madrid. Y por la participación del mismo en la sustracción de otro vehículo (una furgoneta de la empresa Clesa) y en el intento de robo en un polvorín de Noya (A Coruña), exigió otros cuatro años, dos meses y un día de prisión menor, más multa de 100.000 pesetas.

Otros dos últimos delitos de estragos por el empleo de explosivos contra maquinaria de la empresa Huarte y cinco camiones de las obras de la autopista fueron atribuidos a Nieto Pereira por parte del fiscal. Ambos sumaban ocho años de prisión menor. Las indemnizaciones que el Ministerio Público exigió a Nieto Pereira para los afectados superaron los 15 millones de pesetas.

El tribunal le condenó finamente a cinco años de presidio mayor sólo por los dos primeros delitos, y no cumplió más de dos años y medio, ya que fue indultado por el Gobierno en febrero de 1983. Tras su salida de la cárcel, pasó diez años en Latinoamérica. La Audiencia Nacional puso como condición al Ejecutivo en su informe sobre la medida de gracia que el Ministerio de Justicia "cuente en su poder con los necesarios elementos de juicio (...) para asegurar, hasta donde humanamente sea posible, que la cesación de la actividad violenta y delictiva del grupo a que pertenecen los solicitantes (...) redundará en beneficio de la anhelada pacificación de España". En efecto, allá por los primeros meses de 1983, el grupo Loita Armada Revolucionaria (LAR), que había sido el brazo armado del Partido Galego do Proletariado (PGP) estaba ya muy cerca de su disolución, que llegaría en 1984.

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