El sindicato Manos Limpias ha presentado un recurso contra la decisión del Juzgado de Instrucción Número 53 de Madrid de enviar la querella interpuesta contra la alcaldesa de la capital, Manuela Carmena, y su marido Eduardo Leira Sánchez, al Juzgado de Instrucción Número 15 de Plaza de Castilla (Madrid).
La razón es que dicho juzgado archivó unas diligencias abiertas contra la regidora de Ahora Madrid y su esposo en el año 2013 por un delito de insolvencia punible. En dichas diligencias se investigó si Leira y la alcaldesa incurrieron en actividad delictiva cuando el arquitecto -que era administrador único de un estudio que declaró el concurso de acreedores- y no pagó las indemnizaciones y salarios pendientes a sus trabajadores debido a que se declaró insolvente. La clave está en que meses antes Eduardo Leira había traspasado todo sus bienes a su mujer, de ahí que no pudiera hacer frente a las cuantías de dinero que le fueron reclamadas por los trabajadores de la mercantil i3 Consultores S.A por la vía social.
El Juzgado Número 15 de Madrid archivó en 2013 una investigación abierta contra Carmena y su marido por un delito de alzamiento de bienes al no apreciar el juez indicios de delito
En el recurso contra la inhibición del juzgado Número 53 de Madrid, al que ha tenido acceso Vozpópuli, el letrado de Manos Limpias, Pedro Muñoz Lorite, defiende que se trata de procedimientos judiciales distintos. "Cabe afirmar que la información con la que esta parte ha contado a la hora de formular dicho escrito y solicitar la depuración de las responsabilidades penales correspondientes es cuanto menos más amplia que aquella a la que habían tenido acceso los querellantes anteriores, lo que en última instancia deriva en una sustancial alteración de los hechos expuestos en uno y otro escrito. Pues claro está que los hechos expuestos en una determinada querella varían en función de la información obtenida para formular la misma", explica el abogado.
El juez predeterminado por la ley
Manos Limpias acusa al matrimonio Leira-Carmena de cometer presuntamente delitos contra la Seguridad Social, contra los derechos de los trabajadores y de insolvencia punible. De momento, la Fiscalía -que ha informado a favor de inadmitir la querella contra Carmena- ve "indicios racionales de la presunta comisión por parte de Eduardo Leira de ese delito contra el Derecho de los Trabajadores por lo que sólo y respecto de este delito debe admitirse la querella".
El fiscal considera que hay "indicios racionales" de que el marido de Carmena pudo cometer un delito contra los derechos de los trabajadores
Además, en el recurso los querellantes subrayan que "no cabe obviar que los hechos que dieron lugar a la apertura del procedimiento abreviado 628/2013 podrían ser constitutivos de un delito de insolvencia punible, si bien en la querella por esta parte presentada se ponen de manifiesto hechos que transcienden de la conducta típica de dicho delito, y que podrían igualmente constituir conductas penadas como delitos contra los derechos de los trabajadores y contra la seguridad social".
Por último, Manos Limpias sostiene que si dicha inhibición se lleva a cabo a favor del juzgado que archivó previamente uh procedimiento similar -que no idéntico- se podría incurrir en una "infracción del artículo 24 de la Constitución Española, por infracción de las normas de reparto que garantizan el derecho a un juez ordinario predeterminado por la Ley y, por tanto, a un proceso con todas las garantías".