El abogado de dos ex altos cargos de la Junta de Andalucía imputados por los ERE falsos ha denunciado que la juez instructora, Mercedes Alaya, maneja en algunas declaraciones una documentación que no ha notificado a las partes.
El abogado de Pablo Millán Márquez y Juan Vela Quiroga, ex directores generales de Finanzas del Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), denuncia que el pasado 25 de julio, cuando declaró ante Alaya el ex interventor general de la Junta Manuel Gómez Martínez, la juez disponía del testimonio ante la Guardia Civil de Juan Luque Alfonso, ex interventor delegado en la Consejería de Empleo.
La declaración de Luque y una documentación anexa no fue incorporada a la causa y, por tanto, facilitada a las partes hasta el 7 de octubre, por lo que la juez ha incurrido en una "notoria infracción" de la Constitución cuando garantiza la tutela judicial y prohíbe la indefensión, además de varios artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sostiene el escrito del letrado.
La juez de instrucción 6, en un auto al que ha tenido acceso Efe, niega que se haya producido indefensión y atribuye el hecho a un error, ya que el 27 de junio la Guardia Civil le entregó dos legajos, uno para la causa y otro, a modo de copia, para ella misma.
Este hecho pasó desapercibido pues la copia para la magistrada contenía también la declaración de Luque Alfonso, que no estaba incluida en el legajo que se incorporó a la causa y por eso cuando compareció el ex interventor general de la Junta, Alaya "creía que la declaración del señor Luque estaba en posesión de todas las partes".
Alaya expresa que esta ha sido la única ocasión en que la Guardia Civil ha adelantado, sin formar parte de un atestado, determinadas declaraciones, y lo ha hecho a petición de la juez y para "dar la necesaria agilidad a la causa".
La defensa de los dos exdirectivos del IFA argumenta en su escrito que la juez dispuso del testimonio del señor Luque, que "no era ningún borrador", y lo utilizó expresamente en la declaración del señor Gómez Martínez, "sin que las partes la pudieran conocer".
Además, entiende que "no existe cauce legal que permita a la Policía Judicial, en lugar de entregar sus diligencias en el procedimiento formal oficial, entregar a la juez instructora un denominado 'borrador' al que tendría acceso la juez, pero no las partes".
Critica también que se haya causado de "notoria indefensión" a las partes personadas al haberlas privado de "diligencias relevantes", y cita como ejemplo que "no tiene ninguna justificación que un oficio supuestamente elaborado el 27 de junio de 2013 no fuera entregado al juzgado hasta el 30 de septiembre".