El PP ha presentado varias enmiendas al proyecto de Ley de reforma del Código Penal, de forma que las medidas de libertad vigilada se mantendrá solo para los delincuentes sexuales, tal y como establece la legislación vigente, y se suprimen las que se habían propuesto para otras figuras delictivas. En las enmiendas presentadas al articulado por el PP, a las que ha tenido acceso Efe, también se propone que las agresiones a profesores y médicos se consideren atentado a la autoridad y que se puedan retirar las aplicaciones móviles que difundan pornografía infantil.
La libertad vigilada, que en la legislación vigente solo se aplica a los delincuentes sexuales, se ampliaba con esta reforma a varias figuras delictivas, y tenía una duración mínima de tres años y máxima de cinco, siempre que la persona haya sido condenada a más de un año de prisión. La supresión de esta figura se enmarca en la retirada de la regulación de las medidas de seguridad, a las que renunciaron los populares durante la tramitación de la reforma del Código Penal en el Congreso.
En concreto, el PP suprime las referencias a la libertad vigilada de los artículos 140 bis y 173.2, de forma que se mantiene la regulación actual como una medida posterior al cumplimiento de pena por delitos sexuales. La libertad vigilada impone medidas de control judicial como localización mediante dispositivos electrónicos, comparecencias periódicas, prohibición de determinadas tareas que faciliten la comisión de este tipo de delitos o la obligación de someterse a terapias o tratamientos médicos, entre otras.
Pero se trataba de un error, según se ha apresurado a declarar el Grupo Popular una vez constatado el mismo. Según el PP, el proyecto de reforma de Código Penal remitido por el Gobierno a las Cortes, preveía entre sus propuestas una ampliación de las medidas de seguridad que se aplican a los sujetos que han cometido un delito o cuando pueda deducirse un comportamiento futuro que revele la probabilidad de comisión de nuevos delitos, en aplicación del art. 95 del vigente Código Penal.
Entre estas modificaciones, se incluían aquellas referidas a la ampliación de las medidas no privativas de libertad, en particular la libertad vigilada, recogida en el art. 96.3.3º del Código Penal. Ahora bien, "el Grupo Parlamentario Popular, en la tramitación en el Congreso de los Diputados del nuevo Código Penal, trató de procurar el consenso sobre la nueva regulación de estas medidas", pero no fue posible; motivo por el cual el Grupo Popular "optó por retirar todas las propuestas de ampliación del régimen de libertad vigilada, para recuperar la redacción del Código Penal vigente hasta 2010 (libertad vigilada para los delitos de terrorismo y contra la libertad e indemnidad sexual) y ampliarla a los delitos de homicidio y asesinato (art. 140.bis) y relativos a la violencia de género (art. 173.2)"
En definitiva, que por error, en el trámite de enmiendas en el Senado, "se ha registrado, de forma totalmente involuntaria, la supresión de la aplicación de la libertad vigilada a los delitos de homicidio y relativos a la violencia de género".
Sin embargo, "no está en la voluntad del Grupo Popular prescindir de la medida de libertad vigilada para esos delitos, por lo que esas enmiendas serán retiradas inmediatamente", dice el PP, que añade que "los Grupos Socialista y de la Entesa han presentado enmiendas en el mismo sentido. Desconocemos si también por error".
Los populares proponen que las agresiones a profesores y médicos sean consideradas como un delito de atentado a la autoridad
Por otra parte, los populares proponen que las agresiones a profesores y médicos, que se hallen en el ejercicio de sus funciones, sean consideradas como un delito de atentado a la autoridad, con una pena de entre uno a cuatro años de prisión. La redacción del proyecto de Ley dice que "son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas". Al respecto, los populares añaden que "se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas".
Más medidas contra la pornografía infantil
Otra novedad incorporada es que los jueces podrán ordenar la retirada de las aplicaciones de los teléfonos móviles que contengan o difundan pornografía infantil, ya que el texto sólo hace referencia a las páginas web. Además, elevan la penas de prisión de tres a cuatro años para la falsificación de medicamentos e incorpora una referencia al "riesgo para la vida o la salud de las personas", para adecuar la legislación a la propuesta del Consejo de Europa.
También se define el objeto de las falsificaciones, que incluirá tanto los medicamentos como los productos sanitarios junto con sus accesorios, elementos o materiales esenciales para su integridad. No aparece, por el momento, ninguna modificación a la edad de consentimiento sexual -que el texto eleva a 16-, pese a que los populares habían dejado la puerta abierta a llegar a un consenso con el resto de fuerzas que se inclinan por los 15 años.