Carrefour, Eroski y Alcampo no podrán recuperar los más de 4,6 millones de euros que la Generalitat de Cataluña les obliga a pagar en impuestos en virtud de la ley de Grandes Superficies, según consta en tres sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en las que los magistrados defienden la legalidad de la normativa aprobada por el Ejecutivo catalán, ahora encabezado por Quim Torra.
De las tres sentencias, la que supone una mayor cuantía es la de Carrefour. Esta firma trataba de recuperar los 3.871.934 euros que había abonado en la provincia de Barcelona en 2011 por el impuesto sobre Grandes Establecimientos Comerciales. Carrefour no recuperará el dinero.
La segunda sentencia en importancia es la de Eroski, que tampoco recobrará los 476.729 euros que abonó en concepto de impuestos por explotar los centros comerciales de Terrassa y Sant Cugat del Vallés.
Alcampo, 316.000 euros
El tercer fallo del TSJ catalán que rechaza que un centro comercial recupere el dinero pagado por el impuesto de Grandes Superficies es sobre Alcampo, que había realizado una liquidación de 316.000 euros en el ejercicio de 2015 por el centro comercial de Sant Adriá del Besós (Barcelona).
En las tres sentencias, los magistrados recuerdan que la ley catalana sobre grandes superficies es muy parecida a la aprobada por el Gobierno del Principado de Asturias. Y que esta ya ha sido avalada por el Tribunal Constitucional y por la Justicia de la Unión Europea.
En los fallos también se recuerda que los tribunales ya han desestimado que la ley catalana haya invadido las competencias estatales, por lo que la decisión del Govern de cobrar un impuesto extra a estas empresas no es inconstitucional.
Libertad de empresa
Los magistrados indican que el impuesto no vulnera el derecho a la libertad de empresa, ya que la medida trata de reducir el impacto negativo de los centros comerciales sobre el medio ambiente, el territorio y el comercio urbano.
En cuanto a la queja de los centros comerciales de que la ley de la Generalitat "opera como una barrera que frena la implantación de grandes establecimientos comerciales en Cataluña", la sentencia sobre Alcampo rechaza esta interpretación.
Y lo rechaza porque otras Comunidades Autónomas ya han aprobado leyes idénticas: "No solo Cataluña, sino también Asturias, Navarra o Aragón han establecido un impuesto sobre las grandes superficies equiparable al catalán".