Los indultos concedidos por el Gobierno de Pedro Sánchez a los presos del 'procés' se fundamentan en la ley de leyes. La Constitución Española recoge esta medida de gracia que se puede dar a los condenados por una sentencia penal firme. Es el Rey el que la otorga, a propuesta del Ministro de Justicia, y siempre previa deliberación del Consejo de Ministros; un procedimiento que difiere del que existe en otros países europeos, donde el Ejecutivo no habría podido extinguir la responsabilidad de los condenados por el intento secesionista en Cataluña.
El indulto es una figura que existe en todos los países del entorno europeo. Sin embargo, la regulación de la concesión del mismo es varía en función de cada uno. De hecho, con el procedimiento que existe en España no habría sido posible la concesión de la medida de gracia en muchos otros estados homologables como Francia, Portugal, Polonia, Reino Unido, Bélgica o Italia, donde deben concurrir circunstancias que no se han dado en el caso de los presos independentistas beneficiados por la decisión del Gobierno de Sánchez y habrían dificultado la concesión del indulto tal y como ha sucedido en España.
Francia: los presos tienen que pedir perdón
En Francia, las condiciones para el indulto son muy similares a las de España, aunque prácticamente no se producen. Los perdones (grâces) son concedidos por el presidente de la República con el apoyo del titular de Justicia y otro ministro. Sin embargo, la iniciativa debe recaer siempre en el condenado, pues es el interesado el que tiene que remitir una solicitud de perdón al presidente. Este requisito no se ha dado en el caso de los presos del 'procés' y la legislación española tampoco lo contempla.
El decreto de la gracia, que no se publica en el boletín oficial estatal francés, puede suprimir la pena total o parcialmente. En cualquier caso, no supone el borrado de los antecedentes penales del delincuente y tampoco impide que la reparación de la víctima, que mantiene su derecho a la obtención de una indemnización por los daños sufridos. Otra posible vía para la obtención de un perdón en Francia es la del Parlamento, que tiene el poder de conceder amnistías, aunque deben ser votadas por los miembros de la cámara, si bien solo en casos de delitos menores y tras la elección de un presidente.
Tampoco en Portugal
La legislación de la República portuguesa tampoco habría posibilitado el indulto a los presos por el 1-O, dado que su Constitución reserva la medida de gracia de forma exclusiva y discrecional al presidente, que ostenta el rango del jefe del Estado: cargo que en España ostenta el Rey. El presidente de la República de Portugal tiene la capacidad de conceder indultos sin condiciones, salvo una audiencia previa con el Gobierno, representado por el ministro de Justicia.
Las solicitudes o propuestas son instruidas por el Tribunal de Ejecución de Sentencias portugués, que remite su valoración al Ministerio de Justicia para ser posteriormente presentada al presidente de la República, que tiene la última palabra. De la misma forma, puede revocar la gracia. Pese a la discrecionalidad que permite la legislación portuguesa, se trata de una medida poco utilizada de la que existen pocos casos al año.
Italia: los indultos los aprueban sus cortes
Sánchez tampoco habría podido conceder los indultos en Italia, donde son las cámaras legislativas las que deben avalar la medida de gracia por una mayoría cualificada de dos tercios de los diputados. Una vez que hayan superado ese trámite en ambos parlamentos, es el Gobierno italiano el que debe pronunciarse y, en su caso, ha de estar firmado por el presidente de la República, siempre después de consultarlo forzosamente con los ministros que estén implicados en el asunto en cuestión.
Tampoco en este caso supone una eliminación de todo rastro de la condena y únicamente supone la exención de la principal pena, sea de cárcel o económica. En cualquier supuesto, el indulto italiano está sujeto a otros requisitos. Por un lado, se excluyen delitos de organización criminal, secuestro con robo o extorsión, usura, corrupción de menores, terrorismo, corrupción de menores y violencia sexual. Por otro lado, la condición de agraciado queda anulada si el indultado incurre en un nuevo delito que implique una pena de más de dos años de cárcel.
Gracia de la Reina de Inglaterra
En Reino Unido, la capacidad de conceder indultos corresponde únicamente a la Corona. Es una prerrogativa de la Reina y está sujeta a condiciones recogidas en la Rehabilitation of Offenders Act de 1974. Esos requisitos, aplicados a España, habrían impedido a Pedro Sánchez otorgar la gracia a los presos del 'procés' hasta 2029, pues fueron condenados a cárcel y la legislación británica establece que deben pasar diez años -sin reincidir- para que los reos puedan acceder al indulto; cinco en el caso de que no exista pena de prisión.
Una prerrogativa real en Bélgica
De forma similar a la de Reino Unido, en Bélgica el indulto es una prerrogativa real. La Constitución belga dispone en su artículo 110 que es el monarca el que tiene la capacidad de "remitir o reducir las sentencias dictadas por los jueces, salvo lo que se disponga en relación con los ministros y miembros de los gobiernos comunitarios y regionales”. Por tanto, los miembros del Ejecutivo deben respaldar la medida de gracia.
Los presos 'procés' no habrían tenido acceso al indulto en Polonia
También en Polonia existe la medida de gracia, que por mandamiento constitucional recae en el presidente de la República. Sin embargo, la legislación polaca recoge que "el poder del indulto no puede extenderse a las personas condenadas por el Tribunal de Estado". Si bien este tribunal en España sería equivalente al Constitucional, sus funciones son distintas, pues aborda directamente aquellos casos en los que están implicados altos cargos del Estado en tanto en cuanto existe una vulneración de la Constitución polaca. Por ende, los acusados en el juicio 'procés' -en el hipotético caso de haberse dirimido en Polonia- no habrían tenido acceso al indulto.