El Tribunal Constitucional ha levantado parcialmente la suspensión que pesaba sobre el departamento de Asuntos Exteriores de la Generalitat dirigido por Raül Romeva desde el pasado 17 de febrero, que fue cuando este órgano admitió a trámite el conflicto de competencias planteado por el Gobierno contra su creación. Sin embargo, aún queda pendiente que el TC resuelva sobre el fondo del asunto. La decisión adoptada este miércoles por el tribunal de garantías no afecta a todo el contenido del decreto que permitió la creación del departamento, ya que sigue en suspenso lo relativo a la denominación inicial del mismo como de 'Asuntos Exteriores", han confirmado a Europa Press fuentes de este órgano.
Se da la circunstancia de que un mes más tarde, el 17 de marzo, el Constitucional tuvo que tramitar una segunda solicitud del Gobierno después de que la Generalitat cambiara el nombre inicial del esta Consellería por el de Asuntos Relaciones Institucionales y Transparencia de la Generalitat de Cataluña, por entender que suponía una vulneración de la decisión del Tribunal Constitucional de suspender su actividad. El Gobierno sostenía respecto al cambio que, con independencia de la denominación que use esta Consellería, se mantenían invariables las funciones que le atribuyó el nuevo Govern catalán y que incluía la atribución de la política exterior, una competencia exclusiva del Estado. Este incidente de ejecución también está pendiente de resolverse.
La decisión adoptada este miércoles no afecta a todo el contenido del decreto que permitió la creación del departamento, ya que sigue en suspenso la denominación inicial del mismo
El Gobierno recurrió al tribunal de garantías por este asunto entender que la política internacional es competencia exclusiva del Estado, por lo que ningún órgano autonómico puede arrogarse el ejercicio de la misma. El Tribunal Constitucional dejó en suspenso dos acuerdos concretos: el de creación del departamento de Asuntos Exteriores y otro posterior por el que se aprobaba una Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea adscrita a este Departamento. El recurso contó con el informe favorable del Consejo de Estado y de la Abogacía y al entender que, de seguir funcionando, el departamento de Romeva "podría generar consecuencias contrarias al ordenamiento jurídico".
El Ejecutivo argumentaba que la Ley de la Acción y del Servicio Exterior del Estado exige que las comunidades autónomas coordinen con el Gobierno cualquier actividad internacional que quieran desarrollar "dentro de sus competencias". Por ello, recuerdan que sólo el Estado tiene atribuciones en política exterior (artículo 149 de la Constitución), como el propio Tribunal Constitucional ha dejado claro en diversas sentencias.