Economía

Qué debes hacer para recibir la herencia de un familiar en Santander o BBVA

Te contamos cuál es el procedimiento que se debe realizar tras el fallecimiento de un familiar

  • Qué debes hacer para recibir la herencia de un familiar en Santander o BBVA -

¿Qué tenemos que hacer para recibir la herencia en nuestra cuenta bancaria de BBVA o Santander? Una situación que a muchos ni se les pasa por la cabeza hasta que la realidad les da un revés y la muerte se lleva a uno de nuestros familiares. En el colegio no te enseñan cómo debes actuar, qué debes hacer con la cuenta bancaria del fallecido o los trámites burocráticos que se deben pasar para recibir el dinero que tus padres han ahorrado durante su vida para dejártelo como herencia. Todo esto sin incluir la herencia y las peleas que se originan entre hermanos que, en muchos casos, acaban en las manos y sin volverse a hablar el resto de su vida.

El dinero, ese bien preciado que todos revisamos mes a mes en la aplicación de Santander o BBVA con la esperanza de que, por arte de magia, tengamos un ingreso millonario que nos permita dejar todo y disfrutar al 100% de la vida. Evidentemente, son todo elucubraciones.

Lo que no es una idea imaginaria de nuestra cabeza es la responsabilidad de gestionar la cuenta bancaria de la persona que ha fallecido y lo que debemos hacer para vaciar la cuenta y repartir equitativamente entre los progenitores. A continuación, te vamos a explicar qué tienes que hacer para recibir la herencia de un familiar en bancos como Santander o BBVA.

Estos son los pasos que debes seguir para recibir la herencia en el BBVA o Santander

Si eres de ese grupo de personas que no tienen conocimientos en este aspecto, te vamos a contar detalladamente los pasos que se deben seguir. Según lo que explica el BBVA, este es el procedimiento que se debe llevar a cabo y el dinero que tendrás que pagar por impuestos:

  • Descubrir cuál es el banco del fallecido. En primer lugar, hay que saber en qué entidad tenía la cuenta el difunto. Basta con acudir a la Agencia Tributaria con los documentos que acredita a una persona como heredera para acceder a la información financiera buscada.
  • Demostrar ante el banco que se es heredero. Una vez se conoce dónde tiene la cuenta el fallecido, se debe justificar ante el banco la condición de herederos. Esto permitirá obtener el certificado de las posiciones del difunto a la fecha del fallecimiento, documento con el que se podrá liquidar el Impuesto de Sucesiones ante el organismo recaudador de la comunidad autónoma correspondiente. La documentación que se debe presentar al banco para demostrar que se es heredero es la siguiente:
  1. Certificado literal de defunción. Es el documento oficial que acredita el fallecimiento de la persona. Puede solicitarse en el Registro Civil donde esté inscrito el fallecimiento.
  2. Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad. Es el documento que acredita si una persona ha otorgado testamento/s y ante qué Notario/s.
  3. Copia autorizada del último testamento, o Auto de declaración judicial de herederos abintestato o acta de notoriedad. Si la persona fallecida otorgó testamento, sus herederos solicitarán copia autorizada del último testamento en la Notaría donde se otorgó. En caso de que el fallecido no hubiese otorgado testamento, los herederos que sean descendientes, ascendientes o cónyuge del causante aportarán acta de notoriedad tramitada por el Notario del lugar en que hubiese tenido el causante su último domicilio en España; o bien, declaración judicial de herederos si el parentesco con el fallecido fuese otro, determinada por el Juez de Primera Instancia del Partido Judicial en el que tenía el difunto su último domicilio.
  • Acreditar la partición y adjudicación de bienes. Para poder hacer uso del dinero presente en la cuenta heredada, se tiene que presentar el documento de partición y adjudicación de herencia y acreditar que hemos pagado el Impuesto sobre Sucesiones. El documento de partición y adjudicación de herencia puede formalizarse como documento público ante notario o como documento privado y debe estar firmado por todos los interesados en la herencia (herederos, cónyuge viudo y legatarios, en su caso) o por sus representantes. El Impuesto de Sucesiones es el documento de autoliquidación o liquidación que debe incluir la relación de saldos depositados en el banco y la carta de pago o exención o prescripción del impuesto.  La entrega de la información relativa al Impuesto de Sucesiones es requisito necesario para poder disponer de los saldos adjudicados.

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