Las entidades que tengan grado de inversión podrán ofrecer garantía interna a los fondos de inversión garantizados, según confirman tanto desde la CNMV como desde la patronal del sector Inverco. El regulador había elevado a consulta pública la circular 6/2010 que establecía los requisitos para las entidades garantes. Ahora, se relajarán sensiblemente, ya que los recortes de rating habían reducido a dos las entidades que podían ofrecer estas garantías.
En los próximos días se conocerá la nueva circular, (esta semana o la que viene, indican las fuentes) que permitirá a todas las firmas que estén dentro del grado de inversión ofrecer garantía interna. La normativa vigente establece que para ofrecerla, las entidades deben disfrutar de una calificación crediticia equivalente a la A de Standard & Poor´s, un rating que ahora no tiene ni el propio Reino de España.
Con semejante panorama, sólo Santander y BBVA podían ofrecer este modelo de garantía, ya que son los únicos bancos en posesión de la A o superior, lo que obligaba a las demás comercializadoras a ofrecer garantía externa a las comercializadoras. Algunas publicaciones sectoriales ya se habían hecho eco de esta situación.
La diferencia parece leve, pero no lo es tanto. Mediante la garantía interna, si un fondo garantizado vence por debajo del valor liquidativo asegurado, la gestora sólo debía ajustar la valoración del fondo a lo prometido y rembolsar a los precios determinados al partícipe.
Pero en caso de que exista garantía externa, la entidad promotora deberá ingresar en la cuenta corriente del inversor la diferencia a percibir, lo cual es un claro engorro para la firma, ya que igual tiene miles de clientes a los que deberá efectuar las correspondientes transferencias por importes personalizados y, a su vez, al partícipe, esa transferencia le tributará como rendimiento de capital y no como incremento de patrimonio, lo cual es otra pequeña gran complicación.
Todo esto llega, además, en un momento en el que los fondos garantizados tienen mucho sentido. Por un lado, la enorme volatilidad de los mercados pone todavía más en valor a instrumentos que aseguran un retorno. Además, los altos tipos de la deuda española permiten ahora la elaboración de carteras que aseguren condiciones atractivas.
Sin embargo, la actual normativa impedía a las gestoras que se lanzaran a la comercialización de nuevos instrumentos de esta naturaleza. En breve se ampliará algo más el abanico.