El Gobierno aguarda "con tranquilidad" la decisión del presidente de la Generalitat, Artur Mas, de publicar la ley de consultas catalana y tiene todos los resortes listos para actuar de forma inmediata con independencia de que el jefe del Ejecutivo, Mariano Rajoy, haya iniciado su viaje a China, según ha informado Efe.
El hecho de que Mas esté dilatando la publicación de esa ley en el Boletín Oficial de la Generalitat una vez que fue aprobada el pasado viernes por el Parlamento catalán y de que, en consecuencia, no haya firmado aún el decreto de convocatoria de la consulta del 9N, no altera los planes del Gobierno para presentar el correspondiente recurso ante el Tribunal Constitucional.
Ante la posibilidad de que Mas esté esperando cumplir el trámite preceptivo a que Rajoy inicie este martes por la tarde su viaje oficial a China, fuentes de Gobierno subrayan que el presidente de la Generalitat no puede sacar ningún rédito de esa estrategia.
Tanto si Rajoy está en España como si ha iniciado ya su viaje oficial al país asiático, en cuanto se publique la ley de consultas el Gobierno pedirá un informe al Consejo de Estado y convocará una reunión extraordinaria del Consejo de Ministros para aprobar el recurso.
Si no está el jefe del Gobierno, la reunión será presidida en el palacio de la Moncloa por la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría.
Legalmente no es necesario que el recurso esté firmado por el presidente del Gobierno, pero en caso de que se decidiera que políticamente es mejor que lo haga al tratarse de una cuestión de este calado, Rajoy podría rubricar el texto de forma telemática.
Ya hay precedentes de este tipo de firma, como cuando en diciembre de 2010 el Rey Juan Carlos rubricó desde Mar del Plata, en Argentina, el real decreto por el que, con motivo de una huelga de controladores aéreos, se encomendaba temporalmente al Ministerio de Defensa las facultades de control del tránsito aéreo atribuidas a AENA.
Una vez aprobado el recurso, el Gobierno pedirá a la Abogacía del Estado que presente el recurso ante el registro del Tribunal Constitucional (TC).
Aunque el pleno del TC se reúne esta semana de martes a jueves, fuentes del tribunal han declarado a Efe que es posible la convocatoria de un pleno extraordinario en otra fecha sin esperar a la próxima reunión prevista para dentro de quince días.
De hecho, el presidente del Constitucional tiene entre sus atribuciones la convocatoria del pleno, según establece el artículo 15 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
También el Reglamento de la institución recoge, en su artículo 4, que el presidente convocará el Pleno por propia iniciativa y cuando lo pidan, al menos, tres magistrados.
La convocatoria del Pleno se hará con tres días de antelación, salvo que, a juicio del presidente, "la urgencia del caso no permita cumplir ese plazo", según la normativa.
A la convocatoria se acompañará el orden del día y los antecedentes que fuesen precisos para la deliberación, salvo que por la índole de los asuntos que se traten no resulte aconsejable.
Además, según el reglamento, el tribunal en pleno quedará válidamente constituido, aunque no hubieren precedido los requisitos de la convocatoria, cuando se hallen reunidos todos los magistrados y así lo acuerden por unanimidad. En los mismos términos se podrá anticipar una reunión del Pleno previamente convocada.