La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso que interpuso Miguel Blesa contra la fianza civil de 16 millones impuesta por el juez Fernando Andreu al considerar evidente que conocía el carácter opaco de las tarjetas de Caja Madrid, a cuya “emisión, entrega y uso” para gastos personales contribuyó “eficazmente” dando su “beneplácito”.
En el auto, la sección tercera desestima el recurso por “consentir, propiciar y aceptar” el sistema de tarjetas opacas con las que 83 exconsejeros y exdirectivos cargaron más de 15 millones entre 1999 y 2012, según informa Efe.
Blesa argumentó que las tarjetas se trataban de un complemento retributivo "institucionalizado" y de "libre disposición"
Los magistrados tumban uno a uno los argumentos de Blesa, que en su declaración como imputado por un delito continuado de administración desleal el pasado 16 de octubre justificó que se trataba de un complemento retributivo "institucionalizado" y de "libre disposición" desde 1988, bajo la presidencia de Jaime Terceiro.
Para demostrar su afirmación, aportó unas actas del 24 de mayo de ese año y del 20 de junio de 1994 para tratar de demostrar que se crearon para fines personales. Sin embargo, la sala señala que ninguno de los acuerdos adoptados y reflejados en las citadas actas autoriza el pago por parte de la entidad de otros dispendios que "no sean los derivados de gastos de viaje y representación o los ocasionados como consecuencia del ejercicio de sus funciones".
Así, especifica que la primera de ellas hacía constar que las dietas eran "bajas", debiendo compensar los esfuerzos y dedicación de consejeros y directivos a Caja Madrid, cubriendo al menos los costes en que se incurre por el ejercicio de su función.
Se barajaron entonces dos posibilidades, la de pedir al Banco de España la modificación de los topes máximos fijados para dietas o buscar un sistema que compensara los gastos por el desempeño del cargo, estableciendo incluso una cifra mensual pero "siempre en clara referencia a gastos de representación y a dietas relacionadas con el ejercicio de la actividad".
Después, el 20 de junio de 1994 se avaló que el departamento de Recursos Humanos hiciera la propuesta y el Comité de Medios resolviera la aprobación de gastos de viaje y representación.
Los magistrados concluyen que Blesa "contribuyó eficazmente a la emisión, entrega y uso de las tarjetas para fines que nunca habían sido aprobados por el Consejo"
Solo el 30 de octubre de 1995, añade la Audiencia, se hizo referencia "únicamente a la existencia de una tarjeta Visa exclusivamente para gastos de representación".
"Resulta pues evidente que en aquellos consejos en ningún momento se aprobó el abono de gastos de los consejeros de carácter personal y ajenos al ejercicio de sus funciones dentro de la entidad o la entrega a los mismos de tarjetas a tales fines", de forma que "ninguno de los acuerdos alcanzados" amparó "la emisión, entrega y uso que se hizo de las tarjetas".
Con todo ello, los magistrados concluyen que Blesa "contribuyó eficazmente a la emisión, entrega y uso de las tarjetas para fines que nunca habían sido aprobados por el Consejo de Administración" y que partir de 2003, esa práctica pasó a ser contraria a la Ley de Cajas aprobada ese año.
A todo ello se añade que, como presidente durante 13 años de Caja Madrid, "no podía desconocer" circunstancias como que los movimientos se cargaran en las cuentas "gastos de órganos de gobierno" y "Tratamiento administrativo Circular 50/99".
Tampoco podía ignorar que los cargos no aparecieran reflejados en nómina ni se practicaran las retenciones oportunas, ya que era él, "usuario habitual" de una de las visas, el que daba su visto bueno a la propuesta que partía de Recursos Humanos.
De ahí que su responsabilidad, además, no pueda circunscribirse a las disposiciones realizadas con la tarjeta de la que disponía personalmente, tal y como reclamó el exbanquero para oponerse a la elevada cifra de su fianza, sino a las del resto de exconsejeros y exdirectivos.
"No puede alegar desconocimiento en el uso que realmente se hacía de las tarjetas, cuya emisión, entrega y límites de disposición se hacían con su beneplácito", resalta la sala para agregar que "evidentemente" sabía del "funcionamiento y destino" del dinero de las tarjetas.
Pero además, "es indudable que como consecuencia de su actuación salieron cerca de 16 millones de las arcas de Bankia", por lo que apuntan a que "existió un perjuicio real y efectivo" para la entidad, que podría haber necesitado menos dinero por parte del FROB para ser rescatada.