España

El Supremo absuelve a dos directivos de la CAM del mismo delito por el que se acusa a Rato

La decisión del Alto Tribunal marca un precedente con el que Rato aspira a salvarse de la cárcel por el 'caso Bankia'

  • Los exdirectivos de la CAM María Dolores Amorós (i) y Roberto López Abad (c).

Un días después de que la Fiscalía haya pedido para Rodrigo Rato una pena de tres años de cárcel por un delito de falsedad contable, el Tribunal Supremo ha marcado un precedente que podría salvarle de una nueva condena. Los jueces han absuelto a dos exdirectivos de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) del mismo delito que el ministerio público recién ha adjudicado al expresidente de Bankia; un fallo que resulta clave para el resto de acusados por el agujero de la crisis financiera.

El Alto Tribunal ha estimado los recursos de Roberto López AbadFrancisco José Martínez García contra la sentencia de la Audiencia Nacional en la que se les consideró responsables de falsear las cuentas anuales de la CAM en el ejercicio 2010. En sendos escritos, ambos han alegado que no había quedado probados "los elementos objetivos y subjetivos del delito de falsedad contable". Y el Supremo les ha dado la razón. 

A López Abad, por ejemplo, se le imputó haber participado "en la elaboración de cuentas anuales falseadas". La falsedad resultaría de haber dado de baja del balance el importe de las titulizaciones de forma indebida, lo que provocó beneficios aparentes que no eran reales. "Respecto de las otras operaciones no se precisa en la sentencia en qué concreta medida afectaron a las cuentas impidiendo que éstas ofrecieran la imagen fiel de la entidad", han señalado los jueces.

Han sido absueltos al no poderse acreditar que causaron una "distorsión de la imagen fiel de la entidad para causar un perjuicio económico"

El Supremo ha considerado las peticiones de los exdirectivos de la CAM "al no ser posible considerar acreditado" que las cuentas presentadas por López Abad y su equipo "hayan causado una distorsión en la imagen fiel de la entidad que pueda reputarse idónea para causar un perjuicio económico a la sociedad, a los socios o a un tercero". Es decir, que no hay constancia de que se hayan alterado las cuentas con la intención de ocasionar daño alguno.

Las cuentas de la CAM presentadas en el primer trimestre de 2011 ante el Banco de España arrojaron un beneficio de 39,7 millones de euros. La cifra no reflejaba la situación económica real de la Caja, que en ese momento registraba pérdidas de 1.163.493 millones de euros.

La CAM, Bankia y Popular

El fallo se ha dado a conocer un día después de que la fiscal Carmen Launa haya pedido aumentar la pena de cárcel de Rodrigo Rato tras encontrar indicios de falsedad contable en el balance de Bankia en 2011. La representante del ministerio público ha sido tajante en su escrito y ha acusado al banquero de encarnar "el ficticio mensaje de solvencia y buenas perspectivas de Bankia, muy alejadas de la realidad".

Rodrigo Rato tras declarar en la Audiencia Nacional

Al añadir este nuevo delito -que contempla una pena de tres años de prisión-, la petición de la Fiscalía se eleva a ocho años y medio de cárcel, dado que en un principio le había acusado solamente de un delito de estafa a inversores.

La decisión de Alto Tribunal sobre la cúpula de la CAM deja a las defensas de los directivos de otras cajas de ahorro un precedente del que valerse, precisamente por los paralelismos de esta causa con otras. Desde esta semana está presente en tres procedimientos el delito de falsedad contable: en el caso de la CAM y en el caso Bankia por sus cuentas de 2010 y 2011; y en el caso Popular por los estados financieros de 2016.

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