España

El Supremo se inclina por recurrir la ley de amnistía ante el Tribunal Europeo, no al Constitucional español

La Sala Segunda presentará ‘cuestión prejudicial’ ante el TJUE no sólo sobre el fondo de la ley, también contra la pretensión de Puigdemont de que se aplique aunque esté recurrida

  • El presidente provisional del PoderJudicial, Vicente Guilarte, y el presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena. -

La Sala Segunda del Tribunal Supremo se inclina por presentar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión prejudicial contra la ley de amnistía inmediatamente después de que ésta sea aprobada y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y no por presentar cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, presidido por Cándido Conde-Pumpido, señalan fuentes del alto tribunal.

La idea de la sala que preside el magistrado Manuel Marchena es apelar al TJUE contra el argumento fondo de la ley, por lo que supone de incumplimiento flagrante, a su juicio, del ordenamiento jurídico europeo en diversos aspectos; pero, además, presentará una segunda cuestión prejudicial contra el deseo del Ejecutivo de coalición PSOE/Sumar y sus socios de anular la capacidad de la judicatura de suspender los efectos de una amnistía que Carles Puigdemont pretende rápida en sus efectos.

“El tribunal tiene muy claro que va a recurrir (al TJUE) contra cualquier mecanismo preventivo de la futura ley, si lo que se pretende con ello es limitar la función jurisdiccional de los tribunales españoles”; señalan las fuentes consultadas. Aunque el Gobierno lo intente, es “imposible” que el Constitucional paralice los efectos suspensivos del auto en el que la Sala Segunda plantee cuestión prejudicial. El Estado Español está obligado, aseguran, a seguir la propia jurisprudencia del TJUE sobre medidas cautelares.

La Ley de Amnistía estará en suspenso durante el año y medio que, aproximadamente, el TJUE tardará en emitir sentencia. Mientras, Puigdemont y el resto de fugados tras el referéndum ilegal del 1-O de 2017 deberán decidir si vuelven a España o no; La sala que preside Marchena se inclina por no recluirles en prisión provisional por delitos que pueden acabar amnistiados

El artículo 267 del Tratado de la UE lo deja nítido, insisten las fuentes consultadas: el Constitucional español, sometido a la jurisdicción del TJUE, no puede “ordenar que se archive una ejecutoria de sentencia” si antes no se ha producido el fallo europeo sobre la legalidad de la norma; que es lo que pretende “erróneamente” el independentismo y “el PSOE está tentado a aceptar vía enmiendas en el dictamen”, insisten las fuentes consultadas.

La ley de amnistía entrará en suspenso durante el año y medio que, aproximadamente, el Tribunal Europeo tardará en emitir su sentencia, “sí o sí”. A partir de ahí, el ex presidente de la Generalitat y el resto de fugados tras el referéndum ilegal del 1-O, deberán decidir si vuelven a España o no y será el magistrado instructor de la causa, Pablo Llarena, quien decidirá qué medidas cautelares les impone.

Delitos inexistentes o rebajados

No obstante, la sala que preside a Marchena se inclina por no adoptar una medida tan extrema como la prisión provisional para quienes vuelvan, pese a que llevan fugados de la Justicia seis años, precisamente porque la sedición por la cual serían procesados Puigdemont y el resto, ya no existe en el Código Penal español; otros han sido rebajados, como la malversación, y todos pueden acabar siendo amnistiados.

Todos, excepto los delitos terrorismo y alta traición, si finalmente el ex mandatario catalán es condenado como cerebro de los incidentes provocados por Tsunami Democrátic en el aeropuerto de El Prat (2019) contra la sentencia del procés y por el caso Volhov, que investiga contactos del entorno de Puigdemont con el entorno del presidente ruso, Vladimir Putin, interesado en usar el conflicto catalán para desestabilizar Europa.

En el Supremo no tienen claro cuál será la fórmula que adopten el PSOE y Junts para salir del callejón sin salida que supuso el rechazo inicial de Puigdemont y los suyos a la Ley de Amnistía. Algunos creen que Sánchez tiene una salida: eliminar la casuística tan detallada, para no tener que introducir terrorismo y traición, como exigen los independentistas, y ganar tiempo

En el Supremo no tienen claro cuál será la fórmula que adopten el PSOE y Junts per Catalunya para salir del callejón sin salida que supuso el rechazo inicial de Puigdemont y los suyos a la ley de amnistía. Alguna fuente judicial cree que Pedro Sánchez tiene una salida: eliminar la casuística detallada de la ley en su artículo 1, precisamente para no tener que introducir terrorismo y traición, como le exigen los independentistas; y así ganar tiempo.

Porque lo más probable es que el presidente del Constitucional, Conde-Pumpido, que tiene potestad para marcar el calendario de tramitación del TC, “guarde la ley en un cajón”, dicen en el Supremo, como hicieron sus antecesores con la Ley del Aborto -tardó diez años en resolver el recurso de inconstitucionalidad-, y sea otro TC el que, vista la resolución que adopte el TJUE europeo resuelva dentro de varios años.

En la plaza de Las Salesas, sede del Supremo español, no obstante, hay cierto escepticismo de que el TJUE tumbe la amnistía, que es algo en lo que confían mucho los partidos de oposición, particularmente el PP, y otra parte de la judicatura española, en tanto no se fían nada de la imparcialidad del TC español presidido por Conde-Pumpido.

Porque el tribunal europeo, aún cuando está formado por 27 jueces profesionales -uno por país miembro- “no es ajeno” tampoco a las presiones políticas, concluyen las fuentes del Supremo consultadas. “Cada magistrado del TJUE es nombrado por su gobierno y cuando ves un asunto de otro país, que te es lejano por definición, la opinión de tu gobierno nunca te es ajena; sobre todo en asunto tan político como es una amnistía”.

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