Economía

La maniobra del PP en el Senado podría retrasar al menos un año la aprobación de la amnistía

La reforma del Reglamento le permitirá paralizar la proposición de ley. Si el Gobierno la retira y presenta un proyecto de ley, la tramitación se extenderá varios meses

  • Alberto Núñez Feijóo, ante Yolanda Díaz, Nadia Calviño y Pedro Sánchez en el Senado. -

El PP ha activado este jueves una maquinaria que puede retrasar la aprobación de la amnistía al menos un año. El Grupo Parlamentario Popular en el Senado ha registrado una propuesta de reforma del Reglamento del Senado que permitirá a la Mesa paralizar la tramitación de proposiciones de ley como la de amnistía el tiempo que estime oportuno. Esta maniobra la permite su mayoría absoluta en la Cámara Alta y la desveló un informe que avanzó Vozpópuli. En este escenario, al Gobierno de Pedro Sánchez sólo le quedaría retirar la proposición de ley y presentar un proyecto de ley, lo que únicamente podrá hacer cuando esté plenamente operativo, y exige una tramitación que se extenderá durante varios meses. Hasta el otoño de 2024 o incluso hasta 2025, según estiman letrados de las Cortes, catedráticos de Derecho Administrativo y Constitucional y diputados y senadores a los que ha consultado este periódico.

La reforma del Senado que promueve el PP la plantea un informe que han elaborado Esaú Alarcón y Alejandro Miguélez, abogados y profesores, inspirado en cómo se aplicó el artículo 155 en 2017: la avanzadilla fue un Reglamento del Ministerio de Hacienda que consiguió asfixiar financieramente a la Generalitat. Este enorme poder que puede tener un Reglamento se aplica aquí al del Senado. De conformidad con su artículo 196, el Reglamento del Senado puede ser modificado por mayoría absoluta de senadores, quorum que ahora tiene el PP.

El artículo 104 del Reglamento del Senado no hace distinciones entre los proyectos y las proposiciones de ley, y su artículo 106 establece el plazo que tiene para tramitarlos, a día de hoy, común para ambos: dos meses o bien 20 días para los urgentes.

El artículo 90 de la Constitución regula la tramitación por el Senado de los proyectos de ley ordinaria u orgánica pero no dice nada de las proposiciones de ley.

Así las cosas, se propone que el Senado modifique su Reglamento y excluya las proposiciones de ley de los plazos de tramitación aplicables a los proyectos de ley.

El plazo de las proposiciones de ley podría ser otro superior, permitiendo inclusive la intervención de las comunidades autónomas afectadas, sin resultar constreñido por el marcado por la Constitución para los proyectos de ley.

La propuesta de reforma que ha registrado el PP modifica el artículo 133 del Reglamento del Senado, que establece que los proyectos de ley deberán tramitarse en dos meses o en 20 días si son urgentes y que también permite que la Mesa del Senado pueda decidir la tramitación de urgencia de un proyecto de ley. Pues bien, lo que hace es añadirle un nuevo punto en el que estipula que la Mesa también puede decidir sobre las proposiciones de ley.

Esto se plantea en aras de "ofrecer mayores oportunidades al rigor y la calidad de la función legislativa del Senado, abriendo la posibilidad de que, en el trámite de las proposiciones de ley, y a diferencia de lo que sucede con los proyectos, los senadores cuenten con el tiempo necesario para poder paliar, al menos, los déficits de documentación y análisis técnico y jurídico, así como de debate público y de participación social de los que, como la experiencia demuestra, suelen adolecer este tipo de iniciativas legislativas".

La portavoz del PSOE en el Senado, Eva Granados, y el expresidente de la Cámara Alta, Ander Gil, han arremetido en X este jueves contra la iniciativa y han acusado al PP de usar el Senado como "arma partidista" y de "retorcer" el Reglamento para "suplantar" la Constitución.

Obligará al Gobierno a retratarse

La maniobra en el Senado puede retrasar la tramitación de la proposición de ley el tiempo que el PP quiera. Descartado el Real Decreto-ley, que Alarcón y Miguélez consideran que ni el actual Tribunal Constitucional podría avalar para una ley de este tipo, quedaría la vía del proyecto de ley.

Sólo podría activarlo el Consejo de Ministros de un Gobierno plenamente operativo, lo que no ocurrirá hasta diciembre, y lleva unos trámites que dilatarían el proceso.

Pero sobre todo, obligaría al Gobierno a retratarse y a someterse al escrutinio del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo de Estado, además de informes de Ministerios y de otros organismos y del trámite de audiencia e información pública.

El informe del CGPJ y el dictamen del Consejo de Estado, entre otros, pueden requerir por lo menos siete meses. La ley concede al Poder Judicial 30 días para hacer el informe preceptivo y no vinculante, que puede recortarse hasta los 15 días si el Gobierno lo solicita por vía de urgencia. Según datos a los que accedió la Ser, el Gobierno ha enviado al CGPJ 36 proyectos de leyes ordinarias y orgánicas desde enero de 2020 y sólo cuatro han cumplido el plazo. De media, el órgano de gobierno de los jueces ha tardado seis meses en emitir sus informes. A todo esto hay que añadirle las dilaciones que puedan obedecer a la naturaleza del proyecto en cuestión.

El Consejo de Estado lo preside la exministra de Sánchez Magdalena Valerio, pero cuenta con consejeros permanentes, vitalicios, y se ha distinguido en los últimos meses por sus críticas a las presiones del Gobierno cuando le impone el plazo de urgencia de 15 días hábiles (tres semanas). Quejas que ha planteado para las prisas del Ejecutivo con reglamentos de tipo menor y que en este caso justificarían plazos abultados.

Además, el máximo órgano consultivo del Estado analiza los proyectos cuando ya lo han hecho los demás organismos, con lo que empezaría a estudiarlo una vez que tenga el informe del CGPJ.

Al mínimo de siete meses que supondría todo esto, debe añadirse la tramitación en las Cortes, que si se hace de urgencia máxima llevará unos dos meses, pero podría dilatarse. A lo que habría que sumar los periodos de inactividad parlamentaria.

A los expertos consultados por Vozpópuli les resulta difícil imaginar que el Gobierno intente saltarse estos informes no vinculantes pero preceptivos para una ley de este tipo. En el caso de que lo haga, advierten de que esto desencadenaría, además de críticas y enfrentamientos, todo tipo de retrasos en la tramitación en las Cortes por tratarse de un proyecto que no se ha presentado con la preparación necesaria.

En un Congreso controlado por el PSOE y sus socios, tendrían menor impacto, pero en el Senado, advierten de que pueden motivar que la Mesa dilate la tramitación más allá de los 20 días que establece el Reglamento para los proyectos de ley de urgencia e, incluso, paralice la tramitación. Este incidente iría al Tribunal Constitucional, lo que añadiría más retrasos.

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