El Tribunal Supremo ha considerado que Quim Torra debe ser inhabilitado, según publica Europa Press. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado mantener el acuerdo de la Junta Electoral Central que retiró la credencial de diputado al presidente de la Generalitat de Cataluña. La decisión de que permanezca o no como president recaerá en el Parlament.
Los magistrados del Supremo se han reunido este viernes, a las 10.00 horas, para analizar la solicitud de Torra. Finalmente, han decidido rechazar el recurso del dirigente de JxCat, que pedía suspender de manera urgente la decisión del órgano de la Administración Electoral, según han informado fuentes jurídicas a Europa Press. El debate de fondo lo abordarán después.
Tras dos jornadas de deliberación, la Sala presidida por el magistrado Jorge Rodríguez-Zapata e integrada por Luis Díaz Picazo, Pablo Lucas y Celsa Pico ha dado a conocer su resolución. Esta ha tenido lugar un día después de que la misma Sala rechazara suspender urgentemente el acuerdo de la Junta Electoral que negó a Oriol Junqueras el acta de eurodiputado.
La defensa de Torra sostiene que el dictamen de la Junta Electoral "supone una violación grosera" de derechos fundamentales y carece de la "imprescindible imparcialidad". Se refiere a la decisión adoptada el pasado 3 de enero, cuando se le declaró ineligible como consecuencia de la condena por desobediencia que en diciembre le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Condena no firme
El president fue condenado a 18 meses de inhabilitación por no retirar los lazos amarillos de la sede de la Generalitat en período electoral. El fallo no se traduce en su salida inmediata del cargo al no ser una condena en firme, dado que cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
La Ley Electoral, sin embargo, establece en su artículo 6.2 que al haber una sentencia por desobediencia es "ineligible" sea o no firme la pena. Es decir, que Torra no podría presentarse en caso de elecciones.