Galicia

La Junta Electoral ordena iniciar un expediente sancionador contra Sánchez por su visita electoralista a Navantia-Ferrol

El presidente del Gobierno anunció la construcción de un buque presupuestado en casi 450 millones

  • El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, interviene durante su visita a las instalaciones del astillero de Navantia -

La visita realizada por Pedro Sánchez el pasado 24 de enero a Navantia-Ferrol, donde anunció la decisión del Ministerio de Defensa de encargar a los astilleros gallegos la construcción de un buque de guerra presupuestado en casi 450 millones de euros, ha sido calificada como contraria al deber de neutralidad por parte de la Junta Electoral Central, que ha ordenado al organismo con sede en Galicia que abra un expediente sancionador contra el presidente del Gobierno.

La Junta Electoral Central estima así el recurso planteado por el Partido Popular contra la decisión adoptada con anterioridad por la Junta Electoral de Galicia, que no encontró los hechos denunciados lo suficientemente graves como para iniciar un proceso sancionador, aunque sí reconoció en su día que los mensajes transmitidos por Pedro Sánchez durante su visita a Navantia tuvieron "connotación electoralista".

Tercera sanción contra Sánchez

El viaje realizado por Pedro Sánchez a Ferrol tuvo lugar cuando aún faltaba más de una semana para que diese comienzo de forma oficial la campaña electoral gallega y el único objetivo del mismo fue anunciar a los trabajadores de los astilleros la próxima construcción del citado buque.

Todo ello, a pesar de que el propio Gobierno había negado hasta entonces la necesidad de dotar a la Armada de una nueva embarcación de aprovisionamiento en combate. Según las previsiones transmitidas por Sánchez, dicho proyecto supondrá la creación de 1.800 puestos de trabajo.

La Junta Electoral Central ha recordado a Sánchez que ya le ha sancionado en dos ocasiones "por hechos parecidos", ambas en su condición de presidente del Gobierno, por lo que debería conocer "la relevancia del deber de neutralidad" inherente a su cargo, "especialmente durante el proceso electoral".  

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