"Unos jueces, y no el pueblo de Cataluña, han decidido que no puedo seguir siendo el presidente", con estas palabras Joaquim Torra explicaba a los catalanes su cese como presidente de la Generalitat. En efecto, el pasado 19 de septiembre se conocía la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo por la que se desestimaba el recurso presentado por los abogados del president contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que, en diciembre de 2019, lo había condenado por un delito de desobediencia cometido por autoridad o funcionario público. Dicha condena, además de multa, comportaba una pena de inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público de un año y seis meses. Ahora la condena es firme y, pese a sus bravatas de que ningún tribunal español le marcaría la agenda, ha tenido que dejar el sillón del Palau tras recibir la notificación oficial de la sentencia.
Las palabras de Torra contienen el reproche habitual: su inhabilitación sería una maniobra antidemocrática, que hurta la decisión que en una democracia correspondería únicamente al pueblo para ponerla en manos de los jueces. Por eso habló en su comparecencia pública de "golpe urdido por el Estado español". Los demás líderes secesionistas han abundado en la misma línea con la prosopopeya que acostumbran. De creerles, las instituciones catalanas serían una vez más víctimas de la feroz persecución por parte de un Estado autoritario que se sirve de los jueces para reprimir las libertades en Cataluña; como denunció la portavoz del ejecutivo catalán: "El Estado español represor usa la justicia para derrocar a los presidentes que ha votado democráticamente el Parlamento de Catalunya". Ahí es nada.
Las declaraciones tremendistas de los independentistas catalanes siempre van acompañadas por un coro de voces comprensivas. Ese campeón de la democracia que es Arnaldo Otegi no ha dudado en jalear el carácter antidemocrático de la decisión del Supremo: "Frente a la represión, más democracia. Mi solidaridad con el president Quim Torra. Es el pueblo quien lo eligió y sólo al pueblo le corresponde juzgarlo" No muy lejos anda Iñigo Errejón: "Cesar a la máxima autoridad de una comunidad autónoma por tardar horas en cumplir las instrucciones de un órgano administrativo como la Junta Electoral es un despropósito democrático". Quienes se presentan como políticamente más templados se muestran apesadumbrados por la judicialización del conflicto político en Cataluña; como el moderado Urkullu, para quien la condena, además de desproporcionada, ‘en nada ayuda a propiciar una salida a un contencioso institucional y político’. Ese guion nos lo sabemos bien: la vis represiva frente al diálogo, o los jueces contra la democracia.
Nos hemos acostumbrado a que los políticos hablen de las sentencias judiciales de oídas, sin tomarse la molestia de echarles un vistazo
Que abunden declaraciones de este tenor pone en evidencia que algo no acaba de funcionar bien en nuestras discusiones públicas. Para empezar que los hechos importan bien poco. Nos hemos acostumbrado a que políticos y comentaristas hablen de las sentencias judiciales de oídas, sin tomarse la molestia de echarles un vistazo. Naturalmente, para ello hace falta que tengan una audiencia fácil, dispuesta a aplaudir las opiniones que encajen cómodamente con sus prejuicios. Si los hechos no se amoldan, tanto peor para ellos. No faltará quien tome la tergiversación o la ignorancia por ‘pensamiento crítico’.
Una argucia que hemos visto es cambiar la descripción relevante de los hechos por otra irrelevante pero de apariencia inofensiva. Así quienes califican la sentencia como desproporcionada argumentan que Torra ha sido condenado por la simple exhibición de pancartas, esteladas y lazos amarillos, amparada por la libertad de expresión. Basta ir a la sentencia para ver que se le juzga por otra cosa: Torra desobedeció de forma abierta y continuada las órdenes de la Junta Electoral Central (JEC), que en el ejercicio de sus competencias le exigió que retirara los símbolos independentistas durante el periodo electoral para garantizar el principio de neutralidad al que deben sujetarse las administraciones públicas.
"Obstinada resistencia"
En el relato de los hechos constan además los sucesivos requerimientos de la JEC con fecha del 11, del 18 y del 21 de marzo, fijando plazos para la retirada de los símbolos secesionistas que fueron incumplidos uno tras otro por el Govern; vencido el segundo plazo, su portavoz llegó a desafiar a la JEC, negando que tuvieran intención de cumplir sus instrucciones. No se puede sostener que fue un retraso de unas horas, como hace alegremente Errejón, sin estirarlas mucho. Todo sea para esconder lo que el Tribunal, a la vista de los hechos, califica como "contundente, reiterada, contumaz y obstinada resistencia del acusado a acatar un mandato investido de autoridad y dictado conforme a la legalidad".
Porque ahí está el quid de la cuestión. Por alto que sea el cargo que ocupa, toda autoridad pública está obligada a ejercer sus funciones de acuerdo con lo que establecen las leyes, lo que implica el acatamiento de las resoluciones que los órganos competentes dicten en cumplimiento de dicha legalidad. La ‘máxima autoridad autonómica’ no puede ser una excepción; al contrario, cuanto más alta la autoridad, mayor debería ser la exigencia de ejemplaridad en el respeto a la ley. De ello depende el sentido mismo del Estado de Derecho, pues éste consiste en que todos estamos sometidos como iguales a las mismas leyes, sin que nadie puede prevalerse de una posición de autoridad para obrar de forma contraria o saltárselas a conveniencia. A poco que lo pensemos, nada más grave que esto último, pues significaría que el poder político puede ejercerse arbitrariamente, sin control ni límites. Como sabían los clásicos, ese es el camino que conduce al despotismo, donde los derechos de los ciudadanos no están asegurados y se quiebra la igualdad entre ellos.
Se da a entender que los actos de los políticos en el ejercicio de funciones no deberían estar sujetas al control judicial y, por tanto, quedarían exentas de responsabilidad penal si incumplen las leyes
La sentencia no viene a recordar otra cosa: si toda autoridad está sometida al Derecho, no puede ejercerse poder alguno fuera de los límites que marca la ley; en consecuencia, corresponde a los jueces velar por que no se traspasen esos límites. Que es tanto como recordar el abecé del Estado de Derecho. Por eso debería llamar la atención que en algunos medios se intente minimizar la importancia del asunto en el caso de Torra. "Virutillas legales", ha llegado a decir algún afamado periodista. No menos desconcertantes son las críticas a la judicialización de la política. Con ellas se da a entender que los actos de los políticos en el ejercicio de funciones públicas no deberían estar sujetas al control judicial y, por tanto, quedarían exentas de responsabilidad penal si incumplen las leyes. Sólo el pueblo debería juzgarlos, si hacemos caso a Otegi.
De fondo está el error más pernicioso de todos, que consiste en apelar a la democracia para desarbolar las instituciones del Estado de Derecho. Digo error porque ignora que no hay democracia que merezca tal nombre sin Estado de Derecho. El caso de Torra ofrece una perfecta ilustración de este punto, pues desobedeció al órgano constitucional que tiene como misión velar por la limpieza y transparencia del proceso electoral. La democracia no es sólo votar, pero sin el ejercicio del derecho de sufragio en condiciones de igualdad no hay democracia; si de alguna forma habla el pueblo, como gusta decir, es a través de las elecciones. De ahí que sea fundamental garantizar por medio de las leyes electorales que los ciudadanos puedan ejercer el derecho al sufragio en condiciones de libertad e igualdad; en definitiva, que haya juego limpio, sin interferencias indebidas por parte de quienes pueden usar su posición de poder para condicionar el resultado del voto. A eso responde que la exigencia de neutralidad de los poderes públicos se agudice en los periodos electorales, como señala la sentencia. Sin un marco legal que garantice, entre otras cosas, esa neutralidad para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto con libertad y en condiciones de igualdad, ¿cómo podríamos determinar cuál es la voluntad popular? De lo que se desprende que es imposible separar el principio democrático de los mecanismos del Estado de Derecho.
Derechos y libertades
Llegados a esta conclusión, hay que darle la vuelta a lo que dicen los independentistas y quienes se muestran comprensivos con ellos. La desobediencia de una autoridad pública es un hecho particularmente grave, al que no se le puede restar importancia porque afecta a los derechos y libertades de los ciudadanos. Que haya sido destituido por ella significa que las decisiones políticas no escapan al control judicial y es un signo saludable de que funciona el Estado de Derecho y, por tanto, la democracia. Pues sin ese control jurisdiccional no habría garantías de limpieza en los procesos electorales.
Que proliferen voces en contra es un mal síntoma. Sin duda, hace falta más pedagogía política para explicar los fundamentos de una democracia constitucional como la nuestra, donde el principio democrático no puede enarbolarse de forma aislada, sino que se encuentra encastrado en las exigencias del Estado de Derecho. Pero no basta con eso. Ya decía Aristóteles que a los demagogos se les reconoce por defender que el pueblo está por encima de la ley y ha de decidir acerca de todo como un monarca caprichoso; con la intención, claro está, de presentarse ellos como la voz del pueblo. Por eso las voces demagógicas, cada vez más audibles a nuestro alrededor, deberían ser motivo suficiente para ponernos en guardia.